El derecho internacional público ha enfrentado históricamente un dilema significativo en las interacciones entre países soberanos: ¿el fin justifica los medios o son los medios los que justifican el fin? Este cuestionamiento resalta la necesidad de establecer límites en las acciones estatales respecto a las soberanías de los pueblos.
La ONU ha establecido que el principio de no injerencia y la autodeterminación de las naciones son fundamentales en su orden jurídico. Sin embargo, esto no impide que la comunidad internacional actúe en defensa de los derechos humanos si un país viola estos principios. La intervención está regulada y debe realizarse de manera que se busque restablecer los valores fundamentales.
La Carta de la ONU establece que, ante violaciones de derechos fundamentales, debe intervenir el Consejo de Seguridad, que tiene la autoridad para abordar amenazas a la paz, imponer sanciones y autorizar el uso de la fuerza. Este consejo está compuesto por 15 miembros, de los cuales 5 son permanentes y poseen poder de veto. Su función principal es resolver conflictos y asegurar el cumplimiento de la normativa internacional.