Recategorización del Monotributo: plazo se extiende hasta el 5 de agosto

Los pequeños contribuyentes tienen hasta el 5 de agosto para recategorizarse en el Monotributo tras un aumento del 16,8% en las escalas. Las nuevas cuotas entrarán en vigencia el 20 de agosto, afectando a quienes modificaron sus parámetros de actividad.

Recategorización del Monotributo: plazo se extiende hasta el 5 de agosto
Los monotributistas tienen hasta el 5 de agosto para recategorizarse tras cambios en su actividad (Foto: gentileza)
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Los pequeños contribuyentes que han tenido modificaciones en su actividad durante el último año deben recategorizarse en el Monotributo antes del 5 de agosto. Este proceso semestral ha sido habilitado por ARCA, que anunció una actualización del 16,8% en las escalas del régimen. Las nuevas cuotas comenzarán a estar vigentes a partir del 20 de agosto.

La recategorización es obligatoria solo para aquellos que hayan cambiado los parámetros que ARCA utiliza para definir la categoría, como ingresos facturados, superficie del local, consumo de energía eléctrica o cantidad de empleados. Los contribuyentes que mantuvieron las mismas condiciones no necesitan realizar ningún trámite, ya que el sistema retendrá automáticamente la categoría actual. Asimismo, aquellos monotributistas con menos de seis meses de inscripción están exentos de este proceso.

ARCA recordó que uno de los errores más comunes es calcular la categoría según el dinero cobrado, cuando el criterio correcto es considerar los ingresos facturados, sin importar cuándo se hayan recibido los pagos. Con el aumento del 16,8%, los topes de facturación anual se incrementarán en todas las categorías. La cuota mensual de la Categoría A será de $49.527,18, mientras que la Categoría B pasará a $56.379,08. Los montos aumentan progresivamente, alcanzando hasta $1.614.446,04 en la Categoría K para prestadores de servicios y $702.103,24 para la venta de bienes.

El pago correspondiente a julio se realizará con la categoría vigente hasta ese momento. Para llevar a cabo el trámite, los contribuyentes deben ingresar al portal de ARCA (arca.gob.ar) con clave fiscal, revisar la información de su actividad y confirmar la categoría correspondiente.

TL;DR

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Redacción ZapalaYa
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