Los monotributistas tienen hasta el 5 de agosto para recategorizarse según las nuevas escalas establecidas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Estos cambios se basan en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al primer semestre del año y comenzarán a aplicarse a partir del vencimiento del 20 de agosto.
Para determinar si es necesario un cambio de categoría, los contribuyentes deben evaluar sus ingresos y otros factores de los últimos 12 meses. ARCA ha habilitado un sistema de recategorización simplificada a través del portal Monotributo y la aplicación ARCA Móvil, donde al iniciar el trámite, se muestra automáticamente la facturación anual registrada.
Los montos máximos de facturación anual actualizados son los siguientes: Categoría A: $12.009.410,45, Categoría B: $17.595.182,74, Categoría C: $24.670.494,31, y así sucesivamente hasta la Categoría K: $126.610.838,75. Las cifras mensuales también varían según la categoría y tipo de actividad, siendo la Categoría A de $49.527,18 para servicios y bienes.
No es necesario realizar el trámite si no se han modificado los parámetros de la categoría actual, ni para aquellos que iniciaron actividades y no han cumplido seis meses en el régimen del monotributo. El pago mensual vence el día 20 de cada mes, y los nuevos importes comenzarán a regir desde el 20 de agosto.