La Justicia ha establecido la obligatoriedad de un aporte alimentario para un padre que no presentó recibos de sueldo, a pesar de que no se podía determinar con precisión sus ingresos. La madre de los cinco hijos presentó la demanda, argumentando que había asumido la mayor parte de las responsabilidades de crianza tras la separación y que el padre contribuía de manera irregular y insuficiente.
El padre, por su parte, negó estas acusaciones y afirmó que cumplía con sus responsabilidades, incluyendo gastos como vestimenta y útiles escolares. La jueza de Familia, Marina Comas, subrayó que ambos progenitores tienen la obligación de contribuir al sostenimiento de sus hijos. El análisis del caso reveló que la madre realizaba la mayor parte de las tareas de cuidado y educación, lo cual se considera un aporte económico significativo.
La magistrada determinó que, aunque la madre generara sus propios ingresos, esto no exime al padre de su responsabilidad de aportar económicamente, considerando que el cuidado de los hijos tiene un valor económico concreto. Así, se resolvió que el padre debe hacer un aporte mensual acorde a su situación económica, reforzando la idea de que la carga de cuidado no libera a ninguno de los padres de sus obligaciones alimentarias.