04|01|2023
Abrió una nueva inscripción
al Procrear en Zapala
El Ministerio de Desarrollo
Territorial y Hábitat,
anunció que abrió una nueva
inscripción para acceder a
635 viviendas de 37
Desarrollos Urbanísticos
Procrear II, que se
encuentran ubicados en 17
provincias del país.
Una vez más, Zapala será
parte de esta inscripción,
con viviendas ubicadas en el
predio comprendido entre
Bernardo Houssay, Perito
Moreno, Liniers y
Monteagudo.
Desde el lunes 2 de enero
está disponible en la página
web del Ministerio (www.argentina.gob.ar/hábitat)
el formulario para que
aquellos/as interesados en
acceder a una unidad
funcional puedan anotarse.
Los requisitos serán los de
siempre: no haber resultado
beneficiado/a con planes de
vivienda en los últimos diez
años; no tener, tanto el
titular, como el cotitular,
bienes inmuebles registrados
a su nombre, ni como
propietarios ni como
co-propietarios, al momento
de iniciar el proceso de
inscripción con excepción de
los casos detallados en las
Bases y Condiciones.
Además, deberán contar con
el Documento Nacional de
Identidad vigente (DNI o
Libreta de Enrolamiento o
Libreta Cívica) de todos los
integrantes de la solicitud
al momento de iniciar el
trámite; ser argentinos/as o
extranjeros/as con
residencia permanente en el
país; tener entre 18 y 64
años al momento de completar
la inscripción; acreditar el
estado civil declarado en el
formulario de inscripción,
excepto el estado civil
soltero.
Asimismo, se deberá
presentar Certificado de
Discapacidad en caso de
corresponder; demostrar
ingresos netos mensuales del
grupo familiar conviviente
(entre 1 SMVyM y 10 SMVyM);
los ingresos mínimos
necesarios para acceder a
una determinada vivienda
podrán variar según el
predio y la tipología
seleccionada.
Del mismo modo, se deberá
demostrar, como mínimo, doce
meses de continuidad laboral
registrada; no registrar
antecedentes negativos en el
Sistema Financiero durante
los últimos doce meses por
falta de pago de
obligaciones de todo tipo;
no encontrarse inhabilitados
por el BCRA o por Orden
Judicial; no registrar
juicios según informe de
antecedentes comerciales en
los últimos cinco años; no
registrar embargos; y no
registrar peticiones o
declaraciones de concurso o
quiebra.
Para más información,
consultar la página
mencionada anteriormente.
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